La prueba digital exige garantizar el acceso efectivo de las defensas
El Supremo fija límites a la indefensión digital
El Tribunal Supremo establece que las dificultades técnicas para acceder a archivos digitales en un procedimiento penal no constituyen automáticamente una vulneración del derecho de defensa. La sentencia n.º 597/2026, de 7 de octubre (ECLI:ES:TS:2026:4115), exige acreditar que los problemas informáticos han impedido conocer o cuestionar elementos probatorios relevantes y han generado una indefensión material.
La Sala de lo Penal aborda así la incidencia constitucional de los fallos que afectan a la descarga, apertura, visualización o reproducción de documentos y grabaciones incorporados a las actuaciones judiciales.
El acceso efectivo a la prueba como garantía constitucional
La resolución parte de una distinción fundamental: no toda anomalía informática produce indefensión. El hecho de que una plataforma no permita descargar correctamente un archivo no demuestra, por sí mismo, que se haya vulnerado el artículo 24 de la Constitución Española.
El Tribunal reconoce que una copia vacía o un documento materialmente inutilizable no garantizan el acceso efectivo al expediente. Cuando la defensa no puede conocer una prueba relevante ni contrastar declaraciones utilizadas para fundamentar una condena, puede existir una lesión del derecho de defensa.
Sin embargo, resulta necesario acreditar que la incidencia ha provocado una limitación real y que no existían alternativas eficaces para consultar la documentación.
En el procedimiento examinado, constaban entregas anteriores de copias mediante soportes alternativos. Las defensas no identificaron suficientemente qué archivos eran inutilizables ni qué elementos concretos de cargo habían quedado fuera de su conocimiento.
Las grabaciones no tienen que reproducirse íntegramente
El Supremo diferencia el acceso a las comunicaciones intervenidas de su reproducción durante el juicio oral. Las conversaciones pueden incorporarse mediante transcripciones realizadas con las debidas garantías o mediante las declaraciones de los agentes que las escucharon personalmente.
No obstante, esta posibilidad no elimina el derecho de las partes a consultar las grabaciones originales. Su disponibilidad permite comprobar la identidad de los interlocutores, el contexto de las conversaciones y posibles discrepancias entre el contenido grabado y su transcripción.
La relevancia de justificar las solicitudes de audición
La Sala considera necesario que las peticiones de reproducción respondan a una finalidad concreta. Una solicitud genérica para escuchar todos los archivos no equivale a identificar un fragmento específico cuya comprobación resulte necesaria para cuestionar una declaración o una atribución de voz.
Por ello, corresponde a quien solicita la diligencia explicar su utilidad y su posible influencia en el resultado del procedimiento. Esta exigencia también se mantiene durante la fase de apelación.
La indefensión exige acreditar un perjuicio concreto
La sentencia consolida un criterio relevante para los procedimientos penales con prueba digital: los errores informáticos pueden adquirir dimensión constitucional cuando impiden ejercer efectivamente el derecho de defensa.
El Supremo desestima las quejas sobre el acceso a los archivos y la falta de reproducción de las conversaciones. Sin embargo, estima parcialmente el recurso por otros motivos, absuelve a uno de los acusados por insuficiencia probatoria y excluye respecto de los demás la agravación vinculada al uso de medios tecnológicos avanzados.
