Sin protesta no hay indefensión: el Supremo y el descuento de facturas falsas
Claves de la sentencia del Supremo que confirma la absolución por el presunto descuento de facturas falsas
El Tribunal Supremo confirma la absolución de dos administradores del grupo SYMA, acusados de descuento de facturas falsas ante Globalcaja. La clave es la duda razonable sobre la falsedad de las facturas. Además, rechaza la nulidad del juicio porque el banco no protestó por la ausencia de testigos.
Lo esencial
La Sala de lo Penal desestima los recursos de casación de Globalcaja y de uno de los acusados. Confirma íntegramente la sentencia de la Audiencia Provincial de Ciudad Real, que absolvió a ambos de falsedad documental y estafa.
Clave 1: frente a una absolución, no se revalora la prueba
El tribunal de casación no puede reconstruir los hechos probados con una nueva valoración de la prueba. Solo puede anular por defectos de construcción o racionalidad, o condenar desde los hechos ya probados.
Clave 2: el control de racionalidad es autorrestrictivo
Solo cabe anular una absolución por arbitrariedad, irracionalidad manifiesta o error grave. Deben ponderarse los intereses en conflicto y el especial perjuicio de revocarla.
Clave 3: la duda razonable sobre el descuento de facturas falsas
La Audiencia valoró toda la prueba de forma racional. La relación entre las partes, con impagos, reclamaciones cruzadas y acuerdos transaccionales, generaba una duda razonable sobre la falsedad de las facturas.
Clave 4: los derechos procesales pueden renunciarse
El derecho a la prueba admite limitaciones y también la renuncia, expresa o tácita, siempre que sea voluntaria e inequívoca.
Clave 5: sin protesta no hay indefensión
El artículo 790.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal exige protestar cuando el tribunal adopta la decisión. La protesta prueba que no se consiente y permite reclamar después.
Clave 6: la protesta no se recupera a posteriori
Si la parte acepta la decisión sin oponerse, renuncia al derecho. No cabe recuperar la protesta a la vista del resultado del juicio.
Clave 7: la grabación confirma la falta de protesta
La acusación no protestó cuando se explicaron los intentos de citación de los testigos. Tampoco cuando se descartó leer sus manifestaciones previas por el artículo 730, ni cuando se denegó la suspensión.
Clave 8: el error documental no reconstruye los hechos
La vía del artículo 849.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal solo integra datos ya reconocidos por la instancia. Por eso decae también el motivo por infracción de ley.
Clave 9: las costas solo se revisan si hay irracionalidad
La falta de condena en costas a la acusación particular solo puede combatirse por vulneración de la tutela judicial efectiva. La Audiencia razonó que no hubo temeridad.
El caso
Dos empresarios administraban sociedades industriales del grupo SYMA, como Servi-Agro Obras y Servicios Alternativos, S.L. y Saobsa Maquinaria, S.L. Administraban también una sociedad patrimonial que avalaba sus operaciones.
Desde hacía décadas operaban con Globalcaja mediante factoring con recurso y descuento comercial. Entre 2009 y 2012 presentaron al descuento facturas por varios millones de euros, libradas contra grandes constructoras y uniones temporales de empresas. El banco no las cobró, y de ahí surgió la acusación de descuento de facturas falsas.
La subvención
Una de las sociedades obtuvo en 2009 un préstamo, renovado en 2011, para anticipar una subvención de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
En el expediente se dictaron, en la misma fecha, dos resoluciones. Una fijaba el importe concedido y otra el pagado, inferior por incumplirse un requisito de empleo.
La sentencia de instancia
La Audiencia de Ciudad Real absolvió a ambos. No consideró acreditada la falsedad de las facturas ni la de la certificación de la subvención entregada al banco.
Durante el juicio, varios testigos admitidos no comparecieron. El tribunal denegó suspender la vista. Esas manifestaciones previas no eran verdaderas declaraciones testificales ante el juez de instrucción en condiciones contradictorias.
El fallo sobre el presunto descuento de facturas falsas
El Supremo desestima los dos recursos y mantiene la absolución por el presunto descuento de facturas falsas. Las costas de cada recurso se imponen a su respectivo recurrente.
