Seguro decenal: el Supremo fija la pérdida de legitimación del promotor
La pérdida de legitimación del promotor: las claves en preguntas y respuestas
¿Qué ha resuelto el Pleno del Tribunal Supremo? Confirma la pérdida de legitimación del promotor para reclamar al seguro decenal una vez vendida la vivienda.
¿Qué originó el litigio?
Construcciones Roberto F. Obaya, S.L. suscribió con ASEFA S.A. un seguro decenal de daños para una vivienda en Gijón. La vendió en 2008 a un particular.
¿Qué pasó tras la venta de la vivienda?
En 2013 aparecieron grietas en el inmueble. El comprador demandó a la promotora en 2015, y la sentencia de 2016 la condenó a indemnizarle con 26.711,30 euros.
¿Por qué demandó la promotora a la aseguradora?
Construcciones había notificado a ASEFA la reclamación y el procedimiento judicial, sin que la aseguradora asumiera el pago. Por ello, reclamó el reembolso de esa cantidad ante los tribunales.
¿Qué decidió la Audiencia Provincial de Asturias?
Apreció que Construcciones carecía de legitimación activa. Al haber vendido la vivienda en 2008, había dejado de ser asegurada en la póliza decenal.
¿Cómo se transmite el seguro decenal?
La ley atribuye la condición de asegurado a quien sea propietario del inmueble en cada momento. Es una cesión legal automática, no una novación del contrato.
¿Por qué se produce la pérdida de legitimación del promotor?
Porque, al transmitir la vivienda, el promotor deja de ser parte del contrato de seguro. Lo determinante es la coincidencia entre el objeto asegurado y el interés económico protegido.
¿A quién corresponde entonces la legitimación?
Al comprador, desde la fecha de la compraventa. Esto ocurre con independencia de que este dirigiera su reclamación contra el promotor en lugar de la aseguradora.
¿Qué refuerza la pérdida de legitimación del promotor?
Que si la aseguradora que paga puede repetir después contra el promotor responsable, carecería de sentido reconocerle también el derecho a reclamarle esa misma indemnización.
¿Cuál es el fallo final?
El Pleno de la Sala de lo Civil desestima los recursos de la promotora y confirma la pérdida de legitimación del promotor. Le impone, además, las costas de ambos recursos.
