Estafa inmobiliaria: el Supremo y los hechos probados en casación

18/08/2026

Estafa inmobiliaria y hechos probados en casación: el caso, explicado en preguntas

El Tribunal Supremo ha desestimado tres recursos de casación en un caso de estafa inmobiliaria agravada. Uno de ellos pretendía revisar los hechos probados en casación que absolvieron a una de las acusadas. Repasamos el caso en forma de preguntas.

¿Qué ocurrió en el caso?

Una mujer encargó a una gestora inmobiliaria la venta de su vivienda por 200.000 euros. Al descubrir que la anunciaba por un precio inferior al pactado, rompió la relación encomendada.

Pese a saber que la venta ya no podía materializarse, la gestora siguió negociando con una compradora interesada. Le hizo creer que la operación continuaba con normalidad.

Junto a un segundo acusado, presentado falsamente como abogado de la propietaria, logró que la compradora transfiriera 105.000 euros. El dinero fue a cuentas de la gestora, su hija, su madre y el coacusado. Ante los retrasos, la compradora contactó con la propietaria, que dijo no haber autorizado nunca la venta.

¿Qué decidieron la Audiencia y el Tribunal Superior de Canarias?

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife condenó a la gestora y al coacusado por estafa agravada. Les impuso cuatro años de prisión a cada uno y una indemnización solidaria de 105.000 euros.

Una tercera acusada, que asesoró a la compradora en los contratos de arras, resultó absuelta. No se acreditó que conociera el plan fraudulento. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias confirmó la sentencia en apelación.

¿Por qué no se revisan los hechos probados en casación?

La perjudicada recurrió para revertir la absolución de la tercera acusada. El Tribunal Supremo recuerda que no cabe revisar los hechos probados en casación en perjuicio del acusado. Esto ocurre cuando exige valorar de nuevo pruebas personales o elementos subjetivos, sin contacto directo con el acusado.

El tribunal de instancia no alcanzó la convicción de que la absuelta conociera el fraude. El Supremo considera esa valoración razonable y no arbitraria. Por eso no puede sustituirse en casación.

¿Qué dice el Supremo sobre la defensa de oficio?

Los condenados alegaron que la asistencia letrada durante la instrucción había sido deficiente. El Supremo explica que el derecho de defensa exige una asistencia real, no meramente formal.

Los tribunales deben intervenir ante ineficacia manifiesta y patente, pero deben respetar la independencia de la abogacía. En este caso, ambos acusados fueron requeridos oportunamente para designar nuevo letrado. El Supremo concluye que no hubo indefensión, sino pasividad de los propios acusados.

¿Qué pruebas sostienen la condena?

Conversaciones de WhatsApp y audios acreditaban que el coacusado se hizo pasar por abogado de la vendedora. Recibió 20.000 euros directamente en su cuenta.

La gestora había firmado un reconocimiento de deuda personal por el dinero recibido de la compradora. Esto era incompatible con su versión de haberlo entregado a la propietaria, quien negó haberlo recibido.

¿Cómo falló el Tribunal Supremo?

El Tribunal Supremo desestimó íntegramente los tres recursos de casación. Confirmó las condenas, la absolución y la aplicación de la doctrina sobre los hechos probados en casación. Impuso las costas a cada recurrente.

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