Prisión para una cuidadora que utilizó tarjeta bancaria sin autorización

12/08/2026

Prisión para una cuidadora por robar 3.220 euros

La Audiencia de Salamanca condena a la acusada

La Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado a un año y once meses de prisión a una cuidadora por extraer 3.220 euros de la cuenta bancaria de una mujer de 97 años. La acusada utilizó sin autorización la tarjeta bancaria y el PIN de la anciana para realizar diez retiradas de efectivo en cajeros automáticos entre mayo y julio de 2022.

Además de la pena de prisión, la condenada deberá indemnizar a los herederos de la víctima con la cantidad sustraída. La sentencia, no obstante, no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Diez retiradas realizadas sin consentimiento

La mujer condenada había sido contratada para cuidar a la anciana y ayudarla tanto en su domicilio como en sus desplazamientos. Según considera probado la Audiencia, la acusada aprovechó esta relación laboral para utilizar la tarjeta de la víctima y su código PIN en su propio beneficio.

Las operaciones se produjeron entre mayo y julio de 2022 y alcanzaron conjuntamente los 3.220 euros. Los magistrados consideran acreditado que las retiradas fueron fraudulentas y que se realizaron sin consentimiento de la titular de la cuenta.

Para llegar a esta conclusión, la sentencia tiene en cuenta varios elementos. Entre ellos, destaca la frecuencia y cuantía de las operaciones, así como las circunstancias personales de la anciana.

La víctima no sabía utilizar los cajeros

La mujer presentaba un deterioro cognitivo severo desde 2018 y no sabía utilizar los cajeros automáticos. De acuerdo con los hechos recogidos en la resolución, acudía personalmente a las sucursales bancarias para realizar sus operaciones.

Esta circunstancia permite al tribunal considerar que las retiradas efectuadas mediante tarjeta no respondían a actuaciones autorizadas por la titular. La Audiencia concluye que fueron realizadas por terceros sin su consentimiento.

La valoración de estas operaciones contrasta con otras retiradas de efectivo realizadas presencialmente en las entidades bancarias.

No se prueban otras operaciones

En junio de 2022, la cuidadora acompañó a la anciana al banco, donde se retiraron 10.000 y 12.000 euros. Sin embargo, la Audiencia no considera probado que existiera coacción ni que la acusada se apropiara de esas cantidades.

Tampoco se ha podido acreditar suficientemente que la cuidadora fuera responsable de otras retiradas por 10.000 y 4.000 euros efectuadas durante 2022.

El tribunal tampoco aprecia prueba suficiente para considerar cometido un delito de estafa en las operaciones realizadas en ventanilla. La propia titular acudía a las sucursales acompañada por sus cuidadoras y no se ha demostrado que actuara bajo engaño.

La sentencia puede ser recurrida

La resolución limita así la responsabilidad de la acusada a las operaciones en cajeros cuya autoría y carácter fraudulento han quedado acreditados. La condena incluye un año y once meses de prisión y la obligación de indemnizar a los herederos por los 3.220 euros sustraídos.

La sentencia todavía puede ser recurrida ante el TSJ de Castilla y León.

Esta página utiliza cookies.   
Privacidad