Prueba preconstituida: condena confirmada por agresión sexual

19/07/2026

La Ley Orgánica 8/2021 establece como regla general que la prueba preconstituida de menores no debe reproducirse mediante nueva comparecencia en el juicio oral, salvo solicitud expresa y justificada de alguna de las partes. Sobre esta doctrina se apoya la sentencia del Tribunal Supremo que confirma una condena por agresión sexual continuada.

La validez de la prueba preconstituida bajo la Ley Orgánica 8/2021

El recurrente cuestionó que se hubiera otorgado valor probatorio a las declaraciones grabadas de las dos menores víctimas, practicadas como prueba preconstituida, alegando dificultades en la reproducción de la grabación durante el juicio.

El Tribunal Supremo rechaza este motivo, explicando que la actuación de la Audiencia se ajustó a la regulación introducida por la Ley Orgánica 8/2021, que modificó sustancialmente el régimen de la prueba preconstituida de menores de catorce años. Añade que las dificultades técnicas en la audición de la grabación quedaron suficientemente suplidas mediante la lectura de la transcripción y el visionado parcial, sin merma de las garantías procesales.

Los límites de la casación frente a la valoración de la prueba testifical

El Tribunal desestima también los motivos relativos a la valoración probatoria, recordando que los límites del recurso de casación no permiten una revaloración de la prueba testifical practicada. Señala que la persistencia en la incriminación no exige múltiples declaraciones separadas en el tiempo si con una sola se ha dotado de verosimilitud suficiente al relato.

La individualización de la pena en el delito continuado

El Tribunal Supremo rechaza que graduar la pena aplicando un tramo superior por el elevado número de episodios delictivos suponga una doble agravación contraria al principio non bis in idem, al corresponder al arbitrio judicial valorar esas circunstancias dentro del marco legal del artículo 66 del Código Penal, sin que ello constituya una duplicación de la agravación genérica del artículo 74.1.

La atenuante de dilaciones indebidas, inadmitida por extemporánea

El Tribunal inadmite el motivo relativo a la atenuante de dilaciones indebidas por no haber sido planteado en el previo recurso de apelación, lo que impide introducirlo por primera vez en casación.

El caso: agresiones reiteradas dentro del domicilio familiar

La Audiencia Provincial de Ourense condenó a un hombre como autor de dos delitos continuados de agresión sexual a menores de dieciséis años, cometidos contra las dos hijas menores de su pareja, imponiendo penas de catorce años de prisión por cada delito.

El fallo del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo desestima íntegramente el recurso de casación, con imposición de costas al recurrente, confirmando la validez de la prueba preconstituida y las penas impuestas.

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