Sentencia penal por ataque homófobo con indemnización y medidas cautelares
Once condenados por agresión homófoba
Un caso de violencia con motivación de odio
La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a once personas por la agresión a un joven motivada por su orientación sexual, calificando los hechos como un delito de odio. La sentencia pone de relieve la gravedad de este tipo de conductas, que no solo afectan a la integridad física, sino también a la dignidad de las personas.
El ataque se produjo en un espacio público y en presencia de otras personas, lo que incrementó su impacto humillante.
Desarrollo de los hechos
Según la resolución, el joven fue increpado por el grupo, que le instó a abandonar el lugar con expresiones de rechazo. Al negarse, fue rodeado y agredido físicamente, mientras los agresores proferían insultos homófobos.
El tribunal considera probado el relato gracias a la declaración de la víctima, apoyada por testigos. Además, destaca la falta de consistencia en las versiones de los acusados.
Consecuencias penales
Diez de los condenados deberán cumplir dos años de prisión y pagar multas de 2.700 euros, mientras que el undécimo ha sido condenado a 14 meses de prisión con multa reducida.
También se establece una indemnización de 6.000 euros por daño moral y 350 euros por lesiones, junto con medidas de alejamiento y prohibición de comunicación.
Importancia del delito de odio
La sentencia subraya que este tipo de delitos requieren una motivación específica de discriminación, que en este caso se acredita por las expresiones utilizadas y el contexto de la agresión.
Asimismo, se destaca que la actuación en grupo intensificó el daño causado a la víctima, tanto en el plano físico como psicológico.
Situación procesal
La resolución no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
