Los activos de una sociedad no sancionada pueden ser inmovilizados
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado que los activos de una sociedad pueden ser inmovilizados aunque la sociedad no figure en la lista de sancionados, cuando esté controlada por una persona incluida en dicha lista. Además, señala que se presume ese control cuando la persona sancionada posee el 50 % del capital social.
La sentencia interpreta el Reglamento n.º 765/2006, relativo a las medidas restrictivas adoptadas por la Unión Europea respecto de Bielorrusia.
Inmovilización de los activos de una sociedad
El 17 de diciembre de 2020, el Consejo de la Unión Europea incluyó a un nacional bielorruso en la lista de personas físicas objeto de sanciones.
Al día siguiente, dos bancos lituanos inmovilizaron los activos de la sociedad lituana EM SYSTEM, al comprobar que el 50 % de su capital pertenecía a ese nacional bielorruso.
La sociedad interpuso una demanda ante los tribunales lituanos para solicitar el levantamiento de la inmovilización de sus activos. Tras desestimarse su demanda, presentó recurso de casación ante el Tribunal Supremo de lo Civil y Penal de Lituania, que planteó una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia.
Los activos de una sociedad controlada por una persona sancionada
El Tribunal de Justicia señala que la inmovilización puede extenderse a los activos de una sociedad que no está incluida en la lista de sancionados, cuando esos activos pertenezcan o estén bajo el control de una persona incluida en dicha lista.
Según el Tribunal, esta interpretación resulta necesaria para evitar que las sanciones puedan eludirse mediante sociedades vinculadas a la persona sancionada.
Presunción de control sobre los activos de una sociedad
El Tribunal precisa que los conceptos de tenencia y control deben interpretarse de forma amplia, incluyendo tanto las formas directas como indirectas de influencia.
En este sentido, considera que la posesión del 50 % del capital de una sociedad permite presumir el control sobre los activos de una sociedad, así como sobre sus capitales y recursos económicos. No obstante, esta presunción admite prueba en contrario.
Impugnación de la inmovilización de los activos de una sociedad
Por último, el Tribunal indica que los Estados miembros deben establecer un procedimiento que permita impugnar la inmovilización de los activos de una sociedad.
Este procedimiento debe permitir que la sociedad afectada o la persona incluida en la lista de sancionados puedan desvirtuar la presunción de control y, en su caso, obtener el levantamiento de la medida.
